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1. Los exigidos por la Ley 1801 de 2016, articulo 87 para desarrollar la actividad económica tales como:
1. Certificado de existencia y representación legal y registro mercantil con fecha de expedición no superior a 30 días.
2. Copia legible de la cédula de ciudadanía del representante legal.
3. Paz y Salvo o plan de pagos del Impuesto de Industria y Comercio.
4. Comunicación de apertura del establecimiento, al comandante de estación o subestación de Policía del lugar donde funciona el mismo.
5. Paz y salvo por derechos de autor y conexos por ejecución de obras musicales.
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2. Certificado expedido por BOMBEROS.
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3. Informe de cumplimiento normativo mediante visita técnica realizada por el EPA.
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4. Certificado por parte del Representante Legal manifestando que cumple con los requisitos de cámara de seguridad y vídeo.
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5. Copia de la póliza de responsabilidad civil extracontractual con las siguientes condiciones mínimas.
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6. Elaboración y ejecución de estrategias pedagógicas que incentiven comportamientos de respeto entre los clientes, vecinos y transeúntes.
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7. Estudio de reducción de los índices delictivos y contravenciones en el sector al cual pertenece el establecimiento de comercio.